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LOS CASTIGOS EN EL ISLAM
Llamamiento
internacional a una moratoria
Sobre los castigos corporales, la lapidación y la pena de muerte en el mundo musulmán
De forma regular las sociedades mayoritariamente
musulmanas y los musulmanes del mundo están confrontados a la cuestión
de la aplicación de las penas vinculadas al código penal
islámico. Tanto si se refiere a la noción de la “sharî’a
” o de forma más restrictiva, a la de “hudûd”
[1]
, los términos del debate son determinados hoy
por una cuestión central en la discusión entre los ulamâ’
y/o entre los musulmanes: ¿qué significa ser fiel al mensaje
del islam en la época contemporánea? Más allá
de lo que se exige de cada uno, en su vida privada, ¿qué es
lo que se requiere para que una sociedad se defina como islámica? Sabemos que existen varias corrientes
de pensamiento en el mundo islámico y que los desacuerdos son numerosos,
profundos y recurrentes. Algunos, una minoría, exigen la aplicación
inmediata y al pie de la letra, de los hudûd pues según
ellos esta aplicación es indispensable previamente para que una
“sociedad mayoritariamente musulmana” sea realmente considerada como “islámica”.
Por otra parte, partiendo del hecho objetivo de que los hudûd
efectivamente, se encuentran en los textos de referencia (El Corán
y la Sunna
[2]
), consideran que la aplicación de los hudûd
está condicionada por el buen estado de la sociedad que debe ser
justa y para algunos “ideal”, así que la prioridad está
en la promoción de la justicia social, la lucha contra la pobreza
y el analfabetismo. Y por último, otros también minoritarios,
consideran absolutamente caducos los textos relativos a los hudûd
y estiman que estas referencias no deben tener lugar en las sociedades
musulmanas contemporáneas. Vemos que las opiniones son divergentes
y los posicionamientos a menudo tajantes sin que podamos decir que los
respectivos argumentos, sobre este tema en concreto, sean realmente explícitos
y aclarados. En el momento en que escribimos estas líneas, mientras
que el debate de fondo en el interior de las sociedades musulmanas está
casi ausente y que las posiciones permanecen muy vagas, ver a menudo confusas,
mujeres y hombres sufren la aplicación de estas penas, frente a
las cuales, no hay consenso entre los musulmanes. Para los musulmanes, el islam es un
mensaje de igualdad y justicia. ¿Es por fidelidad a este mensaje
que sentimos la imposibilidad de quedarnos callados ante una aplicación
tan injusta de nuestras referencias religiosas? ¿Es así
porque la palabra y el debate deben liberarse sin conformarse con respuestas
generales, embarazosas y a veces alambicadas? Estos silencios y contorsiones
intelectuales son poco dignas de la claridad del mensaje de justicia del
islam. En el nombre de las fuentes textuales
musulmanas, de la enseñanza islámica y de la conciencia
musulmana contemporánea; hay cosas que decir, decisiones que tomar.
Todos los ulamâ’ del mundo
musulmán, de ayer y hoy, y en todas las corrientes de pensamiento,
reconocen que existen textos en las escrituras que hacen mención
de los castigos corporales (Corán y Sunna), de la lapidación
de las mujeres y de los hombres adúlteros (Sunna) y de la
pena capital (Corán y Sunna). Se trata de un contenido objetivo
de los textos que los ulamâ’ nunca han discutido. Las divergencias entre los ulamâ’
y las diversas corrientes de pensamiento (literalista, reformista, racionalista,
etc.) se atienen esencialmente a la interpretación de un cierto
número de estos textos y/o a las condiciones de la aplicación
de las penas relativas al código penal islámico (naturaleza
de las infracciones cometidas, testimonios, contextos sociales y políticos,
etc) o más global y fundamentalmente en su grado de pertinencia
en la época contemporánea. La mayoría de los ulamâ’
, a través de la historia y hasta hoy, son de la opinión
que estas penas son completamente islámicas pero que es casi imposible
cumplir “las condiciones exigidas” para su aplicación (en particular
en lo concerniente a la lapidación): siendo pues “casi nunca aplicables”.
Los hudûd tendrían sobretodo “una vocación disuasiva”,
cuyo objetivo sería establecer la gravedad, en la conciencia de
los creyentes, de las acciones que acarrean tales castigos. Quien lee los libros de los ulamâ’
, quien escucha sus conferencias y sus sermones, quien viaja al interior
del mundo islámico o tiene trato con las comunidades musulmanas
de Occidente escuchará forzosa e invariablemente, la fórmula
siguiente por parte de las autoridades religiosas: “...casi nunca aplicable”.
Esta permite escapar del fondo de la cuestión a la mayoría
de los ulamâ’ y de los musulmanes sin dar la impresión
de ser infieles a las fuentes textuales islámicas. La otra actitud
sería la de evitar la cuestión y/o guardar silencio.
Nos hubiera gustado que esta fórmula
“casi nunca” fuera comprendida como una garantía para proteger
a las mujeres y a los hombres frente a los tratos represivos e injustos;
habríamos deseado que las condiciones estipuladas fueran entendidas
como una invitación a promover la igualdad ante la ley y la justicia
entre los seres humanos por los gobiernos y legisladores que apelan al
islam. Pero no es así. En efecto, tras un discurso islámico
que minimiza los hechos y lima asperezas, a la sombra de ese “casi nunca”,
mujeres y hombres son castigados, golpeados, lapidados y ejecutados en
nombre de la aplicación de los hudûd y ello sin que
la conciencia de los musulmanes del mundo entero se conmueva demasiado.
Hacemos como si no se supiera, como si se tratara de traiciones menores
a las enseñanzas islámicas. Ahora bien, para colmo de injusticia
agravada, estas penas no se aplican más que a las mujeres y a los
pobres, doblemente víctimas, nunca a los ricos, a los gobernantes
o a los opresores. Además, hay centenares de prisioneros que no
tienen derecho a ninguna defensa digna de este nombre: sentencias de muerte
son decididas y ejecutadas en contra de mujeres, hombres, ver menores (opositores
políticos, traficantes, delincuentes, etc.) sin que los acusados
hayan podido tener el menor contacto con un abogado. Después de haber
aceptado la inconsistencia de nuestros informes respecto a las fuentes textuales,
dimitimos ante la traición del mensaje de justicia del islam. La comunidad internacional tiene igualmente
una responsabilidad mayor y manifiesta ante el tratamiento de la cuestión
de los hudûd en el mundo musulmán. La denuncia es
selectiva y opera según el cálculo y protección de
intereses geoestratégicos y económicos: un país pobre,
de Africa o Asia, intentando aplicar los hudûd o la sharî’a
hará frente a campañas internacionales de movilización
como hemos podido ver recientemente. No es lo mismo para los países
ricos, las petromonarquías y/o consideradas como “aliadas” que se
denuncian tímidamente, o no del todo, a pesar de una aplicación
constante y conocida de estas penas, en contra de los segmentos más
pobres o más vulnerables de su sociedad. La intensidad de las denuncias
es inversamente proporcional a los intereses en juego. Una injusticia más.
Para quien viaja por el mundo islámico
y tiene trato con los musulmanes aunque sea un poco, se impone una constatación:
en todas partes la población manifiesta un apego al islam y a sus
enseñanzas. Esta realidad, interesante en sí misma y que
todo musulmán siente como positiva, puede revelarse perturbadora
y rotundamente peligrosa, cuando la naturaleza de este apego es casi vehemente,
sin gran conocimiento ni comprensión de los textos, con poca o ninguna
distancia crítica en cuanto a las diferentes interpretaciones de
los sabios, a la necesaria contextualización, a la naturaleza de
las condiciones requeridas, incluso a la protección de los derechos
de los individuos y a la promoción de la justicia. Sobre la cuestión de los hudûd
, a veces se ven unos fervores populares esperando o exigiendo su aplicación
literal e inmediata porque ésta última garantizaría
en lo sucesivo el carácter “islámico” de la sociedad. En
efecto, no es raro oír a musulmanas y musulmanes del pueblo (educados
o no, y a menudo desproveídos) que piden una aplicación formalista
y estricta del código penal (en su espíritu, la sharî’a
) de la cual a menudo serán ellos mismos las primeras víctimas.
Cuando se estudia este fenómeno, se comprende que hay dos tipos
de razonamiento que motivan generalmente estas reivindicaciones:
Estos razonamientos formalistas y binarios
son fundamentalmente peligrosos pues reivindican y otorgan una cualidad
islámica a una legislación, no en lo que ésta promueve,
protege y aplica justicia, sino porque sanciona duramente, y visiblemente,
algunos se comportan en contraste y oposición a las leyes occidentales
percibidas como moralmente permisivas y sin ninguna referencia a la religión
[3]
. Hoy vemos, que comunidades y poblaciones musulmanas
se satisfacen con este tipo de legitimación para sostener un gobierno
o partido que llama a una aplicación de la sharî’a
comprendida como una aplicación literal e inmediata de castigos
corporales, de la lapidación y de la pena de muerte. Podemos observar un tipo de pasión
popular en la que la primera característica es la voluntad de responder
a diversos tipos de frustraciones y humillaciones mediante una afirmación
de identidad que se percibe como islámica (y anti-occidental) pero
que no está fundada sobre la comprensión de los objetivos
de las enseñanzas islámicas (al-maqâsid) ni
en las diferentes interpretaciones y condiciones relativas a la aplicación
de los hudûd. Frente a esta pasión, muchos
ulamâ’ permanecen prudentes por miedo a perder su credibilidad
ante las masas. Se observa una forma de presión psicológica
ejercida por el sentimiento popular sobre la elaboración jurídica
de los ulamâ’ que normalmente deberían ser independientes
a fin de educar a la población y proponer alternativas. Ahora bien,
este es el fenómeno inverso que se observa hoy: la mayoría
de los ulamâ’ teme confrontar las reivindicaciones populares
a veces simplistas, poco sabias, apasionadas y binarias por miedo a perder
su status y ser considerado como demasiado comprometido, no lo suficientemente
estricto, demasiado occidentalizado, no lo bastante islámico. Los ulamâ’, que deberían
ser los garantes de una lectura profunda de los textos, de una fidelidad
a los objetivos de justicia y de igualdad, y de un análisis crítico
de las condiciones y de los contextos sociales, se ven arrastrados a aceptar
o bien el formalismo (aplicación inmediata no contextualizada),
o bien el razonamiento binario (menos de occidente es más de islam),
o bien, por último que se ocultan tras fórmulas que les protegen
sin aportar soluciones a las injusticias cotidianas que sufren las mujeres
y los pobres (“eso que no es casi nunca aplicable”), debido a un entusiasmo
popular poco informado y a veces ciego.
El mundo islámico atraviesa una
crisis muy profunda en la que las causas y los aspectos son múltiples
y a veces contradictorios. Los sistemas políticos del mundo árabe
a menudo echan el cerrojo, la referencia al islam está frecuentemente
instrumentalizada y las opiniones públicas son, amordazadas o ciegamente
apasionadas (hasta el punto de adherir, o incluso reivindicar, la aplicación
más represiva y la menos justa de la “sharîa’ islámica”
y de los hudûd). En el ámbito más circunscrito
a la cuestión religiosa, podemos observar una crisis de autoridad
acompañada de una ausencia de debate interno entre los ulamâ’
de diferentes escuelas de derecho (y de pensamiento) y en el interior
de las sociedades y de las comunidades musulmanas. De ello resulta
una diversidad de opiniones que, aún siendo aceptada en islam en
sí misma, hoy se convierte en un desorden general que hace coexistir
a las opiniones islámicas más opuestas y contradictorias,
en las que cada cual reivindica su “carácter islámico” excluyendo
a cualquier otro. Ante este caos jurídico, la gente y los musulmanes
comunes acaban estando más motivados por “impresiones de fidelidad”
que por opiniones fundadas en el saber y la comprensión de los principios
y reglas islámicas (ahkam). Hay que hacer frente a la realidad.
La cuádruple crisis de los sistemas políticos cerrados y
represivos, de la autoridad religiosa hecha trizas, de las exigencias
contradictorias, y de la población poco educada y arrastrada
por una fidelidad a las enseñanzas del islam más apasionada
que reflexiva, no puede legitimar nuestro agobiante silencio, cómplice
y culpable cuando mujeres y hombres son castigados, lapidados o ejecutados
en nombre de una aplicación formalista e instrumentalizada de las
fuentes textuales del islam. Va en ello la responsabilidad de los
musulmanes del mundo entero. Son ellos los que deben aceptar el desafío
de restablecer la fidelidad al mensaje del islam en la época contemporánea;
son ellos los que deben denunciar los déficits y las traiciones
allí donde tengan lugar, aunque sea alguna autoridad o individuo
musulmanes. Una tradición profética relata: “Ayuda a tu
hermano, ya sea él injusto o víctima de una injusticia”.
Uno de los Compañeros preguntó: “Enviado de Dios, comprendo
cómo ayudar a alguien que es víctima de una injusticia, pero
¿cómo ayudarle si él es el injusto?”. El
Profeta (P.y B.) respondió: “Impídele ser injusto, así
es como le ayudarás
[4]
”. Esta es la responsabilidad de cada
‘âlim (sabio), de cada conciencia, de cada mujer y de cada hombre,
allí donde se encuentre. Los musulmanes occidentales se esconden
a veces tras el argumento de que la aplicación de la sharî’a
o de los hudûd no les concierne, ya que no están
obligados a ello “en situación de minoría
[5]
”. Así que, guardan sobre la cuestión un
molesto y a menudo pesado silencio, desde el cual expresan aún, una
condena a distancia sin procurar que evolucionen las cosas y las mentalidades.
Ahora bien, estas musulmanas y musulmanes que viven en espacios de libertad
política, que tienen la posibilidad de acceder a la educación
y al saber, tienen una responsabilidad mayor –incluso en nombre de las
enseñanzas islámicas– para intentar reformar la situación,
abrir un debate de fondo, condenar y hacer que se acaben las injusticias
perpetradas en su nombre.
Teniendo en cuenta todas estas consideraciones,
lanzamos hoy una Llamamiento internacional a una moratoria inmediata
sobre los castigos corporales, la lapidación y la pena de muerte
en todos los países mayoritariamente musulmanes. Considerando que las advertencias de
los sabios no son ni explícitas ni unánimes (incluso sin clara
mayoría) en cuanto a la comprensión de los textos y a la aplicación
de los hudûd que se asimila falsamente con la “sharî’a
islámica”. Este llamamiento se refuerza con una serie de preguntas fundamentales dirigidas al conjunto de las autoridades religiosas islámicas del mundo, sea cual sea su tradición ( sunnî o shî’î), su escuela de derecho ( hanâfî, mâlikî, ÿa’farî, etc.) o su corriente de pensamiento (literalista, salafî’ , reformista, etc.):
El estudio de estas preguntas debe tener
como objetivo clarificar los términos del debate en lo concerniente
a las latitudes interpretativas ofrecidas por los textos, al mismo tiempo
que una toma de contacto determinante del estado de las sociedades contemporáneas
y de su evolución. Esta reflexión intracomunitaria exige
de hecho, una doble inteligencia de los textos y de los contextos con una
preocupación por la fidelidad a los objetivos del mensaje del islam:
sobre el fondo, debe permitirnos responder a la pregunta de saber lo que
es aplicable (y en según qué modalidades) y aquello que ya
no lo es (teniendo en cuenta las condiciones requeridas que es imposible
que se cumplan y la evolución de las sociedades alejándose
indefectiblemente del ideal requerido). Este paso interno, exige rigor, tiempo
y la puesta en marcha de espacios de diálogo y de debates nacionales
e internacionales entre los ulamâ’, los intelectuales musulmanes
y dentro de las comunidades islámicas, ya que no se trata sólo
de la relación con los textos sino igualmente con los contextos.
En el intervalo, no puede tratarse de aplicar penas que sólo podrán
confirmar aproximaciones legales e injusticias tal como ya sucede
[6]
. Se impone pues una moratoria, para permitir un debate
fundamental que se desarrolle con serenidad, sin servir nunca de garantía
en la instrumentalización del islam. Es necesario que cesen inmediatamente
todas las injusticias legalizadas hechas en nombre del islam.
Algunos comprenden y comprenderán
este llamamiento como una incitación a no respetar las fuentes
textuales del islam. Pedir una moratoria sería ir contra los textos
explícitos del Corán y de la Sunna. En cambio, se
trata exactamente de lo contrario: todos los textos que se refieren al
ámbito del derecho exigen ser leídos en función de
las finalidades que los justifican (al-maqâsid). Así
que, entre las finalidades esenciales y superiores, se encuentran estipuladas
la protección de la integridad de la persona (an-nafs) y
la promoción de la justicia (al-‘adl). Pero una aplicación
literal de los hudûd, no contextualizada y sin el respeto
de las estrictas y múltiples condiciones enunciadas, y que se presentarían
como una fidelidad formal a las enseñanzas del islam, puede ser
una traición, de hecho, ya que puede producir según el contexto,
una injusticia determinada. Bien estableció el califa ‘Umar
ibn al-Jattab una moratoria, cuando decidió suspender la aplicación
de la pena que afectaba a los ladrones, durante el año de hambruna.
El texto coránico es de lo más explícito, sin embargo
el estado de la sociedad hacía injusta su aplicación literal:
se habría castigado a gente pobre, a la que el robo potencial habría
tenido como único objetivo, el intento de sobrevivir en una situación
de absoluta pobreza. Así que, en nombre de la finalidad de justicia
exigida por el mensaje global del islam, ‘Umar ibn al-Jattab decide suspender
la aplicación de un texto: la fidelidad y la literalidad de este
último habría significado la infidelidad y la traición
de este valor superior del islam, que es la justicia. Es en nombre del
islam y en la buena inteligencia de los textos que él suspende la
aplicación de uno de ellos. La moratoria encuentra aquí un
precedente histórico de primera importancia. La reflexión y las reformas necesarias
en las sociedades mayoritariamente musulmanas, sólo pueden proceder
del interior. Atañe a las musulmanas y a los musulmanes hacerse
cargo de sus responsabilidades e impulsar este movimiento que abre se al
debate y al diálogo intracomunitario, rechazando las injusticias
que continúan siendo legalizadas y aplicadas en el nombre del islam,
es decir en su nombre. Es imperativa una dinámica endógena. Esto no quiere decir que las cuestiones
planteadas por intelectuales o ciudadanos no musulmanes deban quedar descalificadas,
sino al contrario. Todas las partes deben aprender a descentrarse y a
escuchar a la otra, sus puntos de referencia, su lógica y sus esperanzas.
Para los musulmanes, todos los interrogantes son bienvenidos, vengan de
sus correligionarios o de las mujeres y hombres que no comparten sus convicciones:
les toca luego hacer de ello, el fermento y el dinamismo de su pensamiento
que, desde el interior será incluso la mejor forma de ser fiel a
la exigencia de la justicia del islam, teniendo en cuenta las exigencias
de la época contemporánea.
Esta llamamiento a una moratoria inmediata
sobre los castigos corporales, la lapidación y la pena de muerte
es necesario por varios motivos. Apelamos a la toma de conciencia de cada
uno, para que ella/él se sientan concernidos por la instrumentalización
del islam y el tratamiento degradante al que son sometidos mujeres y hombres
en determinadas sociedades mayoritariamente islámicas, en medio
de un silencio cómplice y de un desorden generalizado, en cuanto
a las opiniones jurídicas en la materia. Esta toma de conciencia
implica como garantía: Llamamos a todas aquellas y todos aquellos
que se adhieren a los términos de esta llamada a unirse con nosotros
y a que les escuchen para que cese inmediatamente la aplicación
de los hudûd en el mundo musulmán y que se instaure
un debate a fondo sobre la cuestión. Es en nombre del islam, de sus
textos y de su mensaje de justicia, por lo que no podemos aceptar más
que mujeres y hombres sufran castigos en este baqueteado silencio molesto,
cómplice y por último cobarde. Es urgente que las musulmanas y los
musulmanes del mundo rechacen las legitimaciones formalistas de las enseñanzas
de su religión y se reconcilien con la profundidad del mensaje
que invita a la espiritualidad y exige la educación, la justicia
y el respeto del pluralismo. Las sociedades no se reformarán con
medidas represivas y castigos sino por el empeño de cada uno en
establecer el Estado de derecho, la sociedad civil, el respeto a la voluntad
popular y una legislación justa que garantice la igualdad de mujeres
y hombres, pobres y ricos, ante la ley. Es urgente impulsar un movimiento
de democratización que permita a la gente pasar de la obsesión
de lo que sanciona la ley a la reivindicación de lo que ésta
debería proteger: su conciencia, su integridad, su libertad y sus
derechos. El islam nos invita a ser fieles en conciencia, no en prisión. NOTAS.- [1] Concepto que significa literalmente “los límites”. En el lenguaje especializado de los juristas musulmanes (fuqahâ ), el término remite al conjunto de las penas que se recogen en la aplicación del código penal islámico.[2] Tradiciones proféticas: textos que relatan lo que el Profeta del islam (PyB) ha dicho, hecho o aprobado durante su vida. [3] En los mismos países musulmanes, las leyes que se perciben como “prestadas de Occidente” son a menudo interpretadas como instrumentos utilizados por los gobiernos dictatoriales para engañar y, de hecho, legitimar su carácter autocrítico así como la occidentalización cultural y moral de la sociedad [4] Hadîz relatado por al-Bujârî y Muslim. [5] El argumento es débil y peligroso pues acredita implícitamente la aplicación de los hudûd en el contexto actual de las sociedades “en tierra de islam”. [6] Nuestras dudas, bajo cualquier circunstancia, deben beneficiar al acusado según una regla de derecho universal (constitutiva desde el origen y sobre la base de las fuentes textuales, de la tradición jurídica islámica). **************************************
Llamamiento a una moratoria sobre la aplicación de la sharia : ¿demasiado o insuficiente ? La cuestión de la aplicación
del « código penal islámico » en las sociedades
mayoritariamente musulmanas (más conocido bajo la denominación
discutible de sharia) es uno de los temas más controvertidos
en el diálogo entre las « sociedades occidentales » y «
el mundo islámico ». Para éstas primeras, es inaceptable
que se inflijan castigos corporales, que se lapide o se ejecute en nombre
de una referencia religiosa que se impondría a la sociedad entera
: hay que condenar estas prácticas sin otra forma de proceso. En
cuanto al mundo islámico, éste envía mensajes contradictorios
: las condenas firmes y definitivas pertenecen a una pequeña minoría
de intelectuales o actores sociales y políticos musulmanes, mientras
que algunos gobiernos procuran legitimar su carácter « islámico
» para la aplicación de estas prácticas represivas.
entre las poblaciones musulmanas (desde Nigeria a Malasia) hay muchos grupos
que reclaman regularmente la aplicación estricta de la sharia
y la mayoría de los ulemas se atienen a ello afirmando que
esas penas « no son casi nunca aplicables » (insistiendo sobre
las condiciones exigidas), pero evitan expresarse claramente sobre la cuestión
(a menudo para no perder su credibilidad entre la población). ¿Cómo entablar un debate
de este tipo, que casi está considerado como un caso jurídico
en las relaciones entre civilizaciones y culturas ? ¿Se debe exigir
que el mundo musulmán condene estas prácticas y que se adhiera
así a las exigencias de los « valores iniversales » ?
¿Se debe escuchar, o hasta respetar, las voces que se expresan
a partir de unas referencias musulmanas en el nombre del reconocimiento de
los particularismos y del relativismo cultural ? ¿Existe otra vía
que permitiría superar el debate apasionado y las sorderas respectivas
ofreciendo un espacio donde aprehenderían conjuntamente valores universales
comunes mediante la discusión y la deliberación,? ¿No
es posible estipular unos valores universales en los que el respeto no es
negociable (integridad de la persona humana, igualdad de derecho, rechazo
de los malos tratos, etc.) aún reconociendo la diversidad y la especificidad
de las referencias (religiosas y culturales) y las historias que pueden llevar
a expresarlas y reivindicarlas ? Estamos aquí, en la hora de la globalización,
en el centro de un debate fundamental en lo que concierne al porvenir de
las relaciones entre las civilizaciones, las religiones y las culturas. Nosotros lo decíamos, el debate
sobre la sharia en el mundo islámico es ejemplar. Cuando apelamos a
una moratoria sobre los castigos corporales, la lapidación
y la pena de muerte, se oyen voces en occidente que afirman: «
¡Es inaceptable, esto no es suficiente ! » Otras en el mundo
musulmán se exclaman : « ¡Es inaceptable, es una traición
a nuestras referencias ! » A medio camino entre estas dos actitudes,
el llamamiento a una moratoria es una interpelación directa y necesaria
dirigida al mundo musulmán a partir de sus propias referencias (y
desde el interior) porque estamos convencidos de que la reflexión
y la evolución de las mentalidades no son posibles más que
a partir de dinámicas endógenas en las sociedades. Hoy lanzamos un llamamiento para una
moratoria inmediata en el mundo musulmán en el en nombre de los propios
principios del islam. Para ello emitimos tres tipos de argumentos :
Estas realidades son conocidas tanto
por los ulemas y los intelectuales como por los musulmanes educados y comprometidos
social o políticamente con su sociedad. Reconocen que es urgente y
necesario un debate interno del mundo islámico, y que las injusticias
hechas en nombre de la instrumentalización de la religión son
legión e inaceptables. El llamamiento a una moratoria tiene esta doble
ventaja que permite suspender inmediatamente estas prácticas en nombre
de la propia exigencia de justicia del islam y que entabla una reflexión
profunda sobre el sentido y las condiciones de aplicación de la
sharia hoy en día. No se trata de negar la existencia de
las fuentes textuales islámicas en cuanto a la sharia, sino
de discutir sobre ello desde el interior, las interpretaciones, las condiciones,
y lo que hoy puede aún ser aplicado o debe dejar de serlo. La evolución
de las mentalidades en el mundo islámico no se hará más
que en voluntad a este debate, que debe permitir en ese universo reconciliarse
con la esencia de su mensaje de justicia, igualdad y pluralismo, en vez de
obsesionarse por sus aspectos más represivos y violentos en nombre
de frustraciones mal vividas y/o de sentimientos de alienación sostenidos
por el leitmotiv de la dominación de Occidente. Contra esta cerrazón,
hay que abrir el debate, responder de nuevo a este imperativo islámico
del iÿtihâd (exégesis crítica y renovada de
los textos y de sus silencios) para aceptar los desafíos de nuestra
época. Las condenas unilaterales que se oyen
en Occidente no ayudarán a que las cosas evolucionen. Por lo demás,
asistimos al fenómeno exactamente inverso : las poblaciones musulmanas
se convencen del carácter islámico de estas prácticas
por las reacciones de rechazo de Occidente en nombre de un razonamiento binario
y simplista que estipula que « cuanto menos occidental se es, más
islámico se es». Hay que salir de esta perversión y los
gobiernos y los intelectuales occidentales tienen una responsabilidad mayor
en cuanto al hecho de permitir al mundo musulmán que entable este debate
con serenidad en y desde el interior del islam. En efecto, es urgente que
se esfuercen por descentrar su ámbito de referencia: la reivindicación
de lo universal en Occidente no puede mostrar reservas en cuanto al
hecho de comprender las referencias del otro, la lógica de su sistema
de pensamiento y los caminos que le llevan a lo que es común y universal.
En un plano político, es necesario que cesen las denuncias de fácil
adaptación: que se trate de países pobres o ricos, de países
aliados o enemigos, el rechazo de las injusticias debe hacerse sin concesiones.
Vemos que al final, los caminos que conducen al encuentro y al diálogo
exigen de cada uno la actitud que cuestiona sus propias certezas, al igual
que sus incoherencias, tanto en el plano religioso como en el político.
Tariq Ramadan
Para leer, apoyar o criticar el texto entero del llamamiento : www.tariqramadan.com
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El erudito internacional, Dr. Tariq
Ramadan, pide una moratoria respecto a los castigos corporales, la lapidación
y la pena de muerte en el mundo islámico. GINEBRA, el 30 de marzo – Tariq
Ramadan, un destacado erudito musulmán emitió un llamamiento
para una moratoria internacional en el mundo islámico sobre la
aplicación de las leyes del hudûd; las penas vinculadas
al código penal islámico. Las leyes del hudûd tratan
los castigos, interpretados por los juristas musulmanes como una derivación
del Qurán y la Sunna (tradición profética).
Estas leyes que están siendo aplicadas en algunos países
islámicos, el robo, la apostasía, hasta la oposición
política o cualquier otro comportamiento considerado como ilícito,
puede ser penado con castigos corporales, lapidación y hasta pena
de muerte. “Lanzamos hoy un llamamiento internacional
para una moratoria inmediata respecto a los castigos corporales, la lapidación
y la pena de muerte en todos los países de mayoría musulmana”,
dice el Dr. Ramadan. “Esta llamada constata que las opiniones de la mayoría
de los sabios musulmanes no son explícitas, ni unánimes
(en verdad aún sin una mayoría clara) en cuanto a la comprensión
de los textos y al uso del hudûd.” “Los sistemas políticos y la
situación de las sociedades de mayoría musulmana no garantizan
un trato justo e igual para sus individuos ante la ley; es por tanto
nuestra responsabilidad moral y religiosa pedir el cese inmediato del
uso de estas leyes del hudûd”, añadió
él. El Dr. Ramadan también invita
a las autoridades islámicas religiosas de todo el mundo, independientemente
de su tradición (Sunnî o Shiî), su escuela de
pensamiento o fiqh (Hanafî, Malikî, Jafarî
, etc.) o sus tendencias (literalista, salafî, reformista,
etc.) a comprometerse en un diálogo sobre la cuestión de
las leyes del hudûd. “Este compromiso, desde el interior
requiere de rigor, de tiempo y de establecer espacios de diálogo
y debate, nacional e internacionalmente, entre los ‘ulamâ´
(sabios musulmanes), intelectuales musulmanes y dentro de las comunidades
islámicas, ya que no se trata sólo de la relación
con los textos, sino igualmente, con el texto,” dijo él. “Es urgente
que los musulmanes en todo el mundo rechacen la legitimación formalista
de las enseñanzas de su religión y se reconcilien con su
mensaje profundo que invita hacia la espiritualidad, la educación,
la justicia y el respeto a la pluralidad.” El Dr. Tariq Ramadan fue considerado
por la revista Time como uno de los primeros 100 pensadores influyentes
en el mundo. Ha tenido una larga contribución durante muchos años
en el debate sobre las diversas cuestiones que conciernen a los musulmanes
en el oeste, procurando aplicar los principios y los valores del Islam
a la realidad de vida moderna o postmoderna. El Dr. Ramadan es activo tanto
a niveles académicos como de base, haciendo extensivas sus conferencias
a todo el mundo en aras a un diálogo entre civilizaciones. Su libro
más reciente “Musulmanes Occidentales y el Futuro del Islam” (
Oxford University Press, 2003) fue considerado por el Monitor de
Ciencias Cristianas como uno de los mejores libros del 2004. Ha
escrito y colaborado en más de 20 libros y 700 artículos. Él concluye, “Tenemos que crear un movimiento de democratización que mueva a las poblaciones, de la obsesión de lo que sanciona la ley a la reivindicación de lo que ésta debería proteger: su conciencia, su integridad, su libertad y sus derechos,” añadiendo “en nombre del Islam y de su mensaje de justicia, apelamos y recordamos a los musulmanes que es la responsabilidad de cada ´âlim (sabio), de cada conciencia, de cada mujer y hombre, en cualquier parte donde se encuentre, reclamarlo.” Para una mayor información
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